| 5. DEFINICIONES |
|
 |
 |
 |
5.10. Aves de corral: Designa todas las aves criadas o mantenidas en cautiverio para la producción de productos comerciales animales,
o la reproducción para estos fines, los gallos de pelea cualquiera sea el uso que se les de, y todas las aves
utilizadas para repoblación de aves de caza o la reproducción para este fin, hasta que se liberan del cautiverio.
Las aves que se crían en un espacio único, cuyos productos se utilizan exclusivamente en el mismo hogar, no se
consideran aves de corral, siempre que no tengan contacto directo o indirecto con aves de corral o instalaciones
avícolas.
Las aves mantenidas en cautividad por cualquier motivo incluyendo las aves criadas para espectáculos,
competencias, exposiciones, coleciones de zoológicos y concursos, y para la reproducción o la venta a dichos
efectos así como las aves de compañía, no se considerarán aves de corral, siempre que no tengan contacto
directo o indirecto con aves de corral o instalaciones avícolas.
|
|
|
|
| QUÉ SE HACE |
QUIÉN LO HACE |
REGISTRO |
CÓMO LO HACE |
| Recepción y recolección de animales domésticos. |
- Funcionario Responsable |
- listado de ingreso a la unidad de protección animal - historia clínica animal - acta de préstamo unidad de protección animal - registro de visitantes unidad de protección animal - actividades para el funcionamiento de la unidad de protección animal - hoja de chequeo diario al albergue animal - protección y defensa de los animales que se encuentran en estado de vulnerabilidad y/o abandono - registro de llamadas unidad de protección animal
|
1. El usuario llega a la UPA con la solicitud de manera verbal para dejar a nuestra custodia un animal doméstico o se recibe notificaciones entregadas por la ciudadanía, directamente a las líneas de atención del GARA y de la UPA, la unidad móvil o vehículo del GARA se desplaza al lugar donde reportan al animal doméstico para realizar una investigación sobre el caso. Durante la llamada se determina el tipo de atención en base al siguiente listado: ATENCIÓN INMEDIATA - Animales en riesgo, desastres o que requieren maniobras técnicas de rescate (confinados, alturas)
ATENCIÓN PRIORITARIA - Animales de gran talla (équidos, bóvidos, caprinos) en vía pública, aunque el primer respondiente debe ser la Policía Nacional. - Poli -traumatizados (atropellamientos, heridas abiertas profusas, fracturas, hemorragias, etc.) - Condición de alta morbimortalidad (enfermedades infecciosas, intoxicaciones) - Animales que hayan generado agresión y sean potencialmente transmisores del virus de la rabia (idealmente el peticionario debe presentar evidencia fotográfica o de la atención médica de la persona agredida) - Animales incautados o aprehendidos por la Policía Nacional y/o autoridades policivas competentes. ATENCIÓN SECUNDARIA Y/O DE RECEPCIÓN EN LA UPA - Hembras gestantes - Hembras lactantes - Hembras en celo - Cachorros menores de 8 meses - Animales en vía pública sin propietario 2. Se toman todos los datos personales para registrar en la minuta de visitante (para el caso de recepción en la UPA) 3. Se evalúa el caso específico y se le da ingreso o rechazo. 4. Si el ingreso es positivo, se diligencia el formato "Historia clínica animal" donde se deja consignado la mayor cantidad de datos de la persona que entrega el ejemplar, lugar de recolección, casuística, características del animal. 5. En el caso de que se requiera atrapar a un felino asilvestrado, se procede a dejar en custodia a un usuario o peticionario una jaula-trampa para la captura del animal y ser trasladado a la UPA |
| Atención médico veterinaria. |
- Médico Veterinario - Auxiliar Veterinario UPA |
- historia clínica animal - autorización para procedimientos médicos veterinarios y/o quirúrgicos realizados desde la unidad de protección animal - procedimientos médico veterinarios y/o quirúrgicos para ejemplares de la upa - protocolo para la eutanasia en la unidad de protección animal - formato de ausentismos del grupo de protección animal - registro de anotaciones del grupo de protección animal
|
Después del ingreso de los animales a la UPA, se realiza un triage para determinar la zona en la que será revisado y atendido el animal, donde se evalúa su estado físico y sanitario: - Hospitalización: animales que deben tener una observación constante - Zonas de infectocontagiosas: Animales que presentan algún problema de salud el cual puede contagiar a otros animales. A cada animal, cuya condición física lo permita, se vacuna (vacuna quíntuple y contra el virus de la rabia), se instala microchip y desparasita. El ejemplar se lleva a una zona de cuarentena/observación durante 72 horas, donde se brinda, asistencia veterinaria, comida, agua permanente y se realiza un análisis diario para verificar condiciones atípicas en materia de salud y/o comportamiento. Las novedades se registrarán en la historia clínica, en la cual reposa todo el tratamiento del que sea objeto el animal dentro de la Unidad de Protección Animal. Es facultad del profesional en el área médico-veterinaria, durante y al término de este período de tiempo, optar por el proceso de eutanasia de animales que así lo requieran dado su estado de salud. Superado el proceso de cuarentena/observación, los animales que se consideren en estado aparentemente óptimo, serán trasladado a una jaula o canil según sus características físicas: especie, sexo, edad, tamaño, condición corporal, etc. No se debe superar la capacidad de alojamiento de animales de los que la planta física permita. La historia clínica y formatos resultantes de la atención médica, debe ser entregada al funcionario responsable del ingreso y actualización de datos en la base digital de la UPA. se informa mensualmente en el formato (SV-1) exigido en la guía de rabia, a la Unidad de Saneamiento Ambiental, en los 10 primeros días del mes siguiente, igualmente se entrega informe de los animales sacrificado. Los animales con propietario de escasos recursos (estratos 1, 2 y condición de calle) que requiera atención de manera urgente, se realiza atención en la medida que los recursos lo permitan. De allí se deriva procedimientos médicos como consulta, cirugía y hospitalización. |
| Ingreso de animales domésticos en la Unidad de Protección Animal - UPA. |
- Médico Veterinario - Auxiliar Veterinario UPA |
- historia clínica animal
|
Los animales que se consideren en estado aparentemente óptimo de salud pasan a un proceso de rehabilitación y alojamiento y si pasados treinta (30) días calendario, no son reclamados por su propietario, tenedor o quien acredite serlo, las autoridades lo declararán en estado de abandono.
Los animales que ingresan a la Unidad de Protección Animal que hayan generado agresión y sean potencialmente transmisores del virus de la rabia, remitidos por la autoridad competente, deben ser puestos bajo observación por un período de tiempo de 10 días contados a partir del momento en que haya ocurrido el mismo, al término de los cuales, será determinado el destino del animal, según el caso y condiciones particulares del mismo. En caso de sospecha de contagio por el virus de la rabia se realiza reporte a la Unidad de Saneamiento Ambiental y estos determinarán las acciones con el ejemplar.
El personal veterinario es el encargado de actualizar toda la información que se suscite frente a cambios de alojamiento o de salud del animal, entre estos: - Tratamientos médicos - Cambios de canil - Refuerzo de vacunación - Fuga del animal
La historia clínica actualizada debe pasar al funcionario encargado de las modificaciones en la base digital de la UPA |
| Adopción |
- Médico Veterinario - Auxiliar Veterinario UPA - Auxiliares Administrativos |
- listado de ingreso a la unidad de protección animal - encuesta pre - adopción de animales - historia clínica animal - certificado de salud animal - certificado laboral independiente - acta de adopción de caninos de manejo especial (ley 1801 de 2016 - ley 2054 de 2020)
|
La intención de adoptar se recibe de manera verbal de parte del ciudadano, el cual debe realizar el primer registro en la minuta de visitantes a la entrada de la UPA. El funcionario encargado de los procesos de adopción, debe verificar los documentos necesarios para comenzar el proceso de adopción: - Fotocopia de la cédula - Fotocopia de factura de servicios públicos (donde se confirme la dirección) - Certificado laboral, en el caso de persona independientes, se diligencia el formato "certificado laboral independiente" Cada persona interesada en adoptar, debe recibir una charla sobre la Tenencia Responsable de Animales de Compañía (TRAC), la cual puede ser ayudada con muestras de video, material de lectura, entre otras. Posterior a lo anterior, se diligencia la encuesta pre-adopción, con la cual se determina la calidad del adoptante; la Unidad de Protección Animal puede reservarse el derecho de determinar a quién entregar en custodia temporal o definitiva un animal que se encuentre bajo su cuidado. El funcionario procederá a dar un recorrido al potencial adoptante, por todas las zonas de la UPA mostrando los animales aptos para el proceso de adopción. El usuario escoge los animales con los que puede tener afinidad por comportamiento o características fenotípicas. Tras tener los posibles ejemplares a adoptar, el funcionario deberá buscar las historias clínicas de cada animal con base a su número de microchip. Lo anterior para dar la información al adoptante concerniente a edad, estado reproductivo y de salud. Con la información suministrada, el usuario decide si adoptar o no. En una respuesta positiva, la persona diligencia el formato de adopción, donde registra todos los datos personales y describe el entorno familiar. Se entiende que el adoptado a partir de ese instante, es propiedad de la persona y que no pueden devolver al animal a la Unidad de Protección Animal sin causa justificada. El animal entregado en adopción debe estar vacunado contra la rabia (caninos y felinos mayores de cuatro meses de edad) desparasitado y con microchip, además se le entrega información al adoptante sobre los tratamientos médicos recibidos dentro de la Unidad de Protección Animal. Si el ejemplar adoptado es de raza de manejo especial (Artículo 126, Ley 1801 2016), se diligencia por parte del veterinario de turno el Certificado de Salud Animal y el adoptante debe diligenciar el formato de Control de adopción de caninos de manejo especial. La UPA realiza seguimiento de las adopciones por vía telefónica o presencial, según lo amerite el caso particular. El paquete de la adopción se conforma de: - Historia clínica - Encuesta pre-adopción - Encuesta adopción - Documentos del adoptante (copia de la cédula, certificado laboral, copia de factura de servicio público)
Este paquete debe pasar al funcionario encargado de las modificaciones y actualizaciones en la base digital de la UPA, para posteriormente archivarlos de manera física. |
| Devolución |
- Médico Veterinario - Auxiliar Veterinario UPA - Auxiliares Administrativos |
- listado de ingreso a la unidad de protección animal - acta de devolución de animales - historia clínica animal
|
Se recibe de manera verbal de parte del ciudadano la solicitud de información si el animal de su propiedad se encuentra en nuestra custodia. En el caso que se tenga conocimientos que el ejemplar se encuentra en las instalaciones de la UPA, el funcionario encargado debe pedir autorización a al médico veterinario de turno para dar información. Para el caso contrario y que el funcionario encargado de la atención a usuarios no se encuentre seguro de la tenencia del animal, se procederá a hacer recorrido por los todos los caniles de la UPA con el peticionario a fin de facilitar el reconocimiento mediante características fenotípicas. Si el ejemplar se encuentra en la UPA el usuario debe dirigirse a la Inspección de Vigilancia y Control Ambiental para el respectivo proceso devolución. Para el trámite en la UPA el usuario debe aportar - Fotocopia de la cédula - Fotocopia de factura de servicios públicos (donde se confirme la dirección) - Microchip con número único de 15 dígitos en plataforma internacional para implantar al animal y dejar registro a su nombre - Resolución de entrega ordenada por la inspección - Copia del pago de la liquidación por sostenimiento y transporte. De igual manera debe firmar constancia de autorización de cirugía si el animal no se encuentra esterilizado (aplica para caninos y felinos) El usuario debe recibir una charla sobre la Tenencia Responsable de Animales de Compañía (TRAC), la cual puede ser ayudada con muestras de video, material de lectura, entre otras. Posterior a lo anterior, se diligencia el formato de devolución, en donde se deja constancia la entrega del animal en óptimas condiciones. Al culminar todos los pasos anteriores descritos, se procederá a devolver el animal con las especificaciones médicas si el caso lo requiere.
El paquete de la devolución se conforma de: - Historia clínica - Formato de devolución debidamente diligenciado - Resolución de entrega ordenada por la inspección - Copia del pago de la liquidación por sostenimiento y transporte. - Fotocopia de la cédula - Fotocopia de la factura de servicio público
Este paquete debe pasar al funcionario encargado de las modificaciones y actualizaciones en la base digital de la UPA, para posteriormente archivarlos de manera física. |
| Entrega a Terceros |
- Médico Veterinario - Auxiliar Veterinario UPA |
- listado de ingreso a la unidad de protección animal - acta de entrega de elementos para animales de la unidad de protección animal en custodia de fundaciones o terceros. - acta de entrega de animales en custodia a fundaciones de protección animal y/o terceros - historia clínica animal
|
La intención de custodia se recibe de manera verbal de parte del ciudadano, el cual debe realizar el primer registro en la minuta de visitantes a la entrada de la UPA. El funcionario encargado de los procesos de adopción, debe verificar los documentos necesarios para comenzar el proceso de adopción: - Fotocopia de la cédula - Fotocopia de factura de servicios públicos (donde se confirme la dirección) - Certificado laboral, en el caso de persona independientes, se diligencia el formato "certificado laboral independiente" Las personas interesadas, debe recibir una charla sobre la Tenencia Responsable de Animales de Compañía (TRAC), la cual puede ser ayudada con muestras de video, material de lectura, entre otras. Posterior a lo anterior, se diligencia el acta de entrega de animales en custodia a fundaciones de protección animal y/o terceros, con la cual se deja en constancia de todos los datos del custodio y el compromiso que adquiere. la Unidad de Protección Animal puede reservarse el derecho de determinar a quién entregar en custodia temporal o definitiva un animal que se encuentre bajo su cuidado. El animal entregado debe estar vacunado contra la rabia (caninos y felinos mayores de cuatro meses de edad) desparasitado y con microchip, además se le entrega información al custodio sobre los tratamientos médicos recibidos dentro de la Unidad de Protección Animal. La UPA realiza seguimiento por vía telefónica o presencial, según lo amerite el caso particular. El paquete de la entrega se conforma de: - Historia clínica - Acta de de entrega de animales en custodia a fundaciones de protección animal y/o terceros - Documentos del solicitante (copia de la cédula, certificado laboral, copia de factura de servicio público)
Este paquete debe pasar al funcionario encargado de las modificaciones y actualizaciones en la base digital de la UPA, para posteriormente archivarlos de manera física |
| Programa de cirugías de esterilización |
- Médico Veterinario - Auxiliar Veterinario UPA |
- autorización para procedimientos médicos veterinarios y/o quirúrgicos realizados desde la unidad de protección animal - consecutivos de atención del grupo de rescate animal (gara). - consecutivos de atención en la unidad de protección animal
|
El programa está dirigido principalmente a mascotas de familias de estrato 1, 2 y callejeros, el proceso comienza con la inscripción de la mascota en la base de datos digital, que puede ser de varias maneras: - Solicitud vía telefónica al número 3183586247 - De manera presencial - Derecho de petición en mediante los canales de atención de la alcaldía - Listado recogido en las jornadas de salud animal
El encargado de agendar citas, lo realiza por medio de llamado telefónico y comienza por orden dependiendo de la fecha de inscripción en la base digital. En la llamada se le indica al usuario: - Lugar, fecha y hora de la cita - El animal debe estar en aparente buen estado de salud y en ayunas - Llevarlo con collar, o en guacal - Fotocopia de la cédula - Fotocopia de una factura de servicio público donde se evidencia la dirección y estrato. - Collar isabelino para el caso que se requiera - Informar sobre la importancia de realizar de manera particular los exámenes prequirúrgicos.
El médico veterinario encargado del programa de esterilizaciones indica cuantas cirugías, (entre todas las especies y sexos), serán agendadas para cada día. (la cantidad depende del personal programado)
El funcionario delegado para la recepción de los animales debe verificar que el usuario tenga todos los documentos nombrados anteriormente, diligenciar en conjunto con el usuario el formato de cirugías externos y debe marcar con el número de consecutivo todo lo correspondiente a esa mascota (collar, guacal, documentos).
Posterior al proceso administrativo, el animal es dirigido a una jaula igualmente marcada con el consecutivo de identificación interna.
Los auxiliares veterinarios comienzan el pesaje y preparación de los animales, el ingreso a las salas de cirugía es autorizado por el médico veterinario en el orden que éste lo determine. De igual manera se tiene toda la potestad de rechazar a animales que no se encuentren ayunados o con algún problema de salud que ponga en riesgo la vida del animal en el procedimiento quirúrgico (mala condición corporal, fiebre, edad avanzada, procesos infectocontagiosos)
El personal médico informa a los funcionarios de atención a usuarios, los ejemplares que ya se estén incorporados para que puedan informar al propietario para su recogida.
En el momento de la entrega de la mascota, se le explica al usuario los cuidados post operatorios, la fórmula médica y este debe firmar la constancia de entrega del animal. |
| Visitas técnicas y acompañamientos a procesos policivos |
- Médico Veterinario - Auxiliar Veterinario UPA |
- acta de visita técnica animal - historia clínica animal
|
Se recibe la solicitud por parte de entidades policivas de manera:
- Verbal - Aplicativo interno de la alcaldía (GED) - Correo electrónico
Estas solicitudes se deben a:
- Posible maltrato animal - Inconvenientes entre vecinos ocasionada por animales domésticos. - Restitución de Bienes - Allanamientos policivos
De igual manera se realizan visitas de seguimiento con el fin de verificar el estado de los animales adoptados en la UPA.
Todas las visitas y acompañamientos deben ser programados en conjunto con policía.
En el lugar se diligencia el acta de visita técnica en donde detalla el comportamiento del animal, condiciones de habitabilidad, entorno familiar entre otros. Si el funcionario de la UPA considera que al animal se le está vulnerando alguna de sus 5 libertades de manera grave (estipuladas en la 1774 2016) debe reportarlo al ente policivo para realizar la aprehensión material preventiva y entregarlo a la UPA, evidencia que se deja en constancia al diligenciar la historia clínica animal.
De no encontrar evidencias de maltrato se dejan las recomendaciones para mejorar el bienestar del animal.
A las visitas solicitadas por inspección, se les debe hacer un informe detallado de lo encontrado, si se dejaron recomendaciones o se realizaron aprehensión de algún animal, para que éste pueda tomar las acciones correspondientes |
| Jornadas de Salud animal y de adopción |
- Médico Veterinario - Auxiliar Veterinario UPA |
- encuesta pre - adopción de animales - acta de adopción de equinos - acta de adopción de caninos de manejo especial (ley 1801 de 2016 - ley 2054 de 2020) - historia clínica animal - certificado de salud animal - certificado laboral independiente - registro de llamadas gara del grupo de protección animal - registro de llamadas unidad de protección animal - jornada de salud animal con estrato
|
La programación de jornadas se realiza por las siguientes razones:
- Solicitud ciudadana por correo electrónico o PQR - Programación de la Secretaría de Medio Amiente
El personal médico veterinario puede determinar si es viable o no realizar una jornada de salud, ya que todo depende de la cantidad de personal disponible y otras actividades programadas.
Cada jornada debe estar a cargo de un médico veterinario el cual debe coordinar el personal que lo acompaña, insumos, publicidad y transporte.
Durante la jornada de salud se debe diligenciar el formato de "jornadas de salud animal" en donde se registran los datos básicos del propietario y del animal.
Para las jornadas de adopción, el médico veterinario está a cargo de escoger los animales que se llevan a la jornada, esto mediante rondas médicas y la verificación de las historias clínicas.
Los funcionarios encargados de la atención a usuarios, deben coordinar personal para la logística pre - jornada en donde se realizan actividades como:
- Baño y secado de animales - Organización de cobijas, traíllas, recipientes. - Monte de guacales y carpas
Durante esta jornada se continúa el paso a paso del proceso de adopción antes descrito. |
|